Ese era el mote que unos avezados estudiantes de Derecho habían puesto a uno de sus compañeros, el cual decía con total certeza y seguridad que él sería abogado y doctor en derecho. Estaban en primero de carrera. Me parece bien usar prestado el malintencionado y divertido mote como título de este blog con vocación de anecdotario jurídico, pues del Doctor Iuris original se entresacaba la claridad de objetivos, la brillantez y el trabajo que busca la consecución final del deseo.



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VISTA NÚMERO


sábado 14 de noviembre de 2009

BODA FRUSTRADA


La que iba a ser una jornada inolvidable para Héctor y Marisol se convirtió en una pesadilla que les costará mucho tiempo olvidar. En la mañana de ayer llegaba este joven colombiano al juzgado en un coche, acompañado de un familiar, para contraer matrimonio cuando, en el momento en el que puso un pie en el suelo, fue detenido por varios policías de paisano que estaban esperándole. ¿La causa? Su situación administrativa irregular en España. En la tarde de ayer la juez decidió su envío a un Centro de Internamiento de Extranjeros, en el que puede permanecer hasta 40 días antes de ser expulsado del país.

El abogado Gustavo Pietropaolo, responsable del servicio jurídico de Inmigración del sindicato UGT, explicó que se trata de una situación «muy excepcional»: «Desconocemos cuál ha sido la razón por la que se ha realizado así esta detención. Es cierto que este chico tenía unos antecedentes del año 2005 por una pelea pero estaban pagados y archivados y es el único borrón en una familia que lleva años en Burgos».
El letrado anunció la presentación de un recurso de apelación y de otro contra la orden de expulsión que incluirá la solicitud de medidas cautelares fundadas, sobre todo, en atención a la existencia de un hijo menor y una compañera con la que iba a contraer matrimonio, ambos de nacionalidad española. Además, sus padres viven también en Burgos desde hace mucho tiempo.

En este sentido, Pietropaolo explicó que existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que admite que para que a una persona se le pueda expulsar tiene que carecer de arraigo en el país, algo que no se produce en este caso: «Hay muchas sentencias en las que pesa más tener familia aquí que cualquier irregularidad. Y si el mayor delito que ha cometido ha sido el de 2005 y está pagado, es completamente desproporcionado. Además ¿qué sentido tiene que se le mande a Colombia, donde no tiene a nadie?», se preguntó.

Por otro lado, destacó el hecho de que la familia se ha quejado por el trato de «delincuente peligroso» que se le ha aplicado. Asegura que no se le ha diferenciado de alguien que ha cometido un delito; «No hay que confundir términos, una cosa es estar irregular y otra, muy distinta, en busca y captura». La familia, además, ha sido expulsada de comisaría, «un sitio público en el que es lógico que estuvieran en ese momento».

Pietropaolo precisó, por otro lado, que existen unos derechos civiles, como el de contraer matrimonio, que hay que respetar, al margen de la situación administrativa. En este sentido se pronunció también Sonia Rodríguez, abogada de Burgos Acoge, entidad que ha mostrado su malestar por esta detención «que no se ha hecho en condiciones normales y sin respetar el derecho a contraer matrimonio». Rodríguez dijo que este «caso excepcional no puede ni debe repetirse».

domingo 8 de noviembre de 2009

REFORMA DE LA LEY DE VIOLENCIA DE GÉNERO


El juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano ha asegurado que se producirá un "holocausto" si se endurece la Ley Integral contra la Violencia de Género como propone el PSOE, pues aumentarán los suicidios de hombres denunciados y los homicidios de mujeres, abogados o incluso jueces y fiscales. Serrano ha rechazado el borrador de informe para el estudio del funcionamiento de dicha ley elaborado por el PSOE, que prevé reforzar la seguridad de las mujeres que denuncien y de sus hijos y que contempla, entre otras medidas, que en el momento de admitirse a trámite una denuncia por maltrato se proceda a la suspensión cautelar del régimen de visitas de los hijos con el padre. El juez sevillano, que en ocasiones anteriores ha comparado dicha ley con la base de detención de Guantánamo por la falta de garantías jurídicas, ha añadido ahora que la propuesta de reforma "producirá situaciones de injusticia y eso puede llevar a las peores condiciones de violencia". Aumentarán los suicidios de hombre denunciados y los asesinatos de mujeres, de los abogados, jueces y fiscales que intervienen en el proceso familiar, en una situación que Serrano compara con un "holocausto". A su juicio, la suspensión de los contactos de padre e hijo "solo se debe hacer cuando el menor haya sido víctima de maltrato" y al menos se debe dejar la decisión en manos del juez, como ocurre hasta ahora. Ha criticado, además, que la propuesta de reforma no incluya la suspensión de los contactos cuando la mujer haya sido la maltratadora. Serrano ha recordado que, de los 638 hombres que se suicidaron en España en 2006, el 80 por ciento se encontraba en proceso de divorcio, y ha lamentado que las estadísticas oficiales hayan dejado de desglosar estos datos por sexo desde dicho año. Serrano participó la semana pasada en Madrid en una jornada de estudio de la Asociación Multidisciplinar para el Estudio de las Interferencias Parentales, que expresó su preocupación por esta propuesta de reforma. Los reunidos también abordaron el debate sobre la existencia o no del Síndrome de Alienación Parental (SAP) y concluyeron que "la alienación existe aunque no le llamemos síndrome" y no sea descrita como un trastorno o enfermedad mental, ha explicado el juez. Respecto a otras reformas propuestas por el PSOE, Serrano ha rechazado la propuesta de formación obligatoria para los magistrados que ejerzan en los Juzgados de Violencia de Género, lo que considera "quebrar el principio de independencia" y un "intento de adoctrinar a los jueces", prohibiéndoles aplicar el principio de libre valoración de las pruebas.

viernes 30 de octubre de 2009

EMPINANDO EL CODO


Los locales de ocio nocturno que promuevan 2x1, happy hours y la barra libre podrán recibir sanciones de hasta 600.000 euros y provocar el cierre del local en casos de reincidencia y especialmente graves a partir de la medianoche del viernes, según la Federació Catalana d'Activitats Recreatives Musicals (Fecasarm).

La Fecasarm defiende que los locales puedan continuar celebrando fiestas promocionales de marcas de bebidasEsta aplicación se hace efectiva gracias a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Dogc) de la nueva Ley de Salud Pública, por lo que entrará en vigor a partir de la medianoche del viernes, coincidiendo con la celebración en bares y discotecas de la Castañada.

Según la Fecasarm, este tipo de prácticas podrán ser multadas desde 3.000 a 15.000 euros, pero podrán llegar hasta los 600.000 euros. Esta organización afirma que espera una reducción muy importante de este tipo de reclamos publicitarios desde este fin de semana.

La organización, que se mostró desde un principio favorable a este medida, señala sin embargo que también provoca "muchas dudas" sobre qué conductas están incluidas dentro de las prohibidas y cuáles no.

Fecasarms tiene dudas sobre qué conductas están incluidas dentro de las prohibidas y cuáles noRepresentantes de la Fecasarm y la Conselleria de Salud se han reunido esta semana para tratar estas cuestiones y han acordado reunirse periódicamente para evaluar la aplicación de la norma y delimitar qué practicas son sancionables y cuáles no para conseguir una mayor seguridad jurídica y los locales dispongan de las herramientas necesarias para saber qué pueden y que no pueden hacer.

La Fecasarm defiende que los locales puedan continuar celebrando fiestas promocionales de marcas de bebidas espirituosas, al considerar que no se promociona la ingesta de alcohol sino que son "puras prácticas comerciales de posicionamiento en el mercado de la noche de una marca contra otra".

miércoles 21 de octubre de 2009

ESCUCHANDO A GÜRTEL: MUERTE AL DERECHO DE DEFENSA LETRADA


El Colegio de Abogados de Madrid se querellará contra el juez Baltasar Garzón y los fiscales que actuaron en la intervención y grabación de conversaciones entre los letrados defensores del "caso Gürtel" y los acusados que están en prisión si la Fiscalía no inicia ningún procedimiento al respecto.
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La Junta ha pedido al fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, que depure las responsabilidades en que hayan podido incurrir los fiscales que intervinieron en esa causa al consentir, dice, las resoluciones dictadas por Garzón para la intervención de las comunicaciones de los internos con sus letrados "injiriéndose en la confidencialidad de la relación entre abogado y cliente"".Así lo ha acordado la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados, que ha otorgado su amparo a los letrados por la actuación llevada a cabo por el Juzgado central número 5 de la Audiencia Nacional en la pieza separada de intervención de comunicaciones al considerar que la grabación de conversaciones entre imputados y sus abogados es "intolerable para el derecho de defensa".

Por ello, ha dispuesto que el Colegio se persone en los procedimientos que puedan iniciarse a instancias del Ministerio Fiscal sobre esta actuación y, en caso de que no haya ninguno, ha autorizado "desde este momento" la presentación de una querella contra Garzón y los fiscales por la posible comisión de un delito de prevaricación y otro de quebrantamiento del secreto de las comunicaciones.

Estas actuaciones se llevarán a cabo, ha indicado en un comunicado la Junta de Gobierno, sin perjuicio de las acciones que estimen oportunas ejercitar los ocho abogados que pidieron el amparo al Colegio.

Este órgano trasladará a los presidentes del Consejo General del Poder Judicial, de la Audiencia Nacional, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y al fiscal general del Estado su más enérgica protesta por la intervención de las comunicaciones, que considera una quiebra del derecho fundamental de defensa.

Además, ha realizado un llamamiento a la responsabilidad a cuantas autoridades, instituciones y profesionales participan en el sistema de la Justicia "para la defensa de los principios y valores proclamados en la Constitución".

sábado 17 de octubre de 2009

LEGALIZA O ARDE


El incendio de la vivienda del alcalde de Alfarnatejo no es fruto de la casualidad. Al menos, así lo entienden la mayoría de los regidores de la Axarquía, que aseguran sentirse inseguros ante la presión vecinal para seguir construyendo de manera irregular en el suelo no urbanizable. «La gente no entiende que existe una Ley que hay que cumplir y que no se puede autorizar construir en cualquier parte. A quien culpan siempre es al alcalde, que debe hacer cumplir la legislación urbanística», asegura el primer edil de El Borge, José Antonio Ponce (IU).

Para este regidor, en los pueblos pequeños cualquier actuación municipal muchas veces puede derivar en una situación crítica. «Si le abrimos un expediente a una obra por no tener licencia, malo. Pero si la paralizamos peor, porque pueden pegarte hasta un tiro», asegura.

Ponce apunta que desde que llegó a la Alcaldía hace 15 años no ha puesto una sola multa en el pueblo precisamente para evitar problemas y tensiones con los vecinos. «Hay personas que dejan de hablarte y las cosas se convierten en un drama. Uno de los peores momentos que he vivido como alcalde ha sido precisamente la aprobación inicial del PGOU. Llegué a recibir correos electrónicos diciéndome que me iba a enterar, porque seguramente el autor no estaría de acuerdo con la calificación de su suelo», explica Ponce.

Aunque la Guardia Civil sigue varias líneas de investigación para tratar de esclarecer lo ocurrido la madrugada del pasado jueves en Alfarnatejo con la vivienda del alcalde, Antonio Benítez Barroso, el suceso ha hecho cundir la alarma entre los mandatarios de la comarca, ya que el que más y el que menos ha tenido alguna vez algún roce con algún vecino como consecuencia del ejercicio de sus funciones.

En este sentido, el alcalde de Sedella, Francisco Gálvez, asevera que en los 20 años consecutivos que lleva al frente del Consistorio nunca ha vivido un ambiente tan crispado. «El desempleo, la crisis y, sobre todo el parón del urbanismo desde hace cinco años, por la falta de un Plan de Ordenación Urbana, han provocado la situación actual», asegura Gálvez, que explica que desde que entró en vigor la Ley de Ordenación Urbanística (LOUA) el Gobierno andaluz ha dejado a los ayuntamientos más pequeños sin planeamiento.

«El urbanismo está bloqueado y tenemos las manos atadas. La Junta de Andalucía debe agilizar los planes urbanísticos porque esto es insostenible», apunta. La agricultura ya no funciona como alternativa, según Gálvez, que entiende que todavía hacen falta muchas infraestructuras para activar el turismo rural.

El edil sedellano afirma que la mayoría de alcaldes se sienten inseguros debido a la falta de medios con los que tienen que trabajar. «En Sedella no tenemos Policía Local y muchos vecinos vienen directamente a mi casa particular para que les solucione los problemas», indica. Para los mandatarios locales toda esta situación empeora por culpa de las nuevas incorporaciones a los grupos políticos. «Se trata de gente sin formación que no tiene respeto y caldea el ambiente con mentiras y calumnias», apunta Gálvez.

De la misma opinión es el regidor de Alfarnatejo. «Muchos sólo piensan en la política como un medio para ganar dinero y por un puesto de trabajo, y esto desemboca en cosas como la que me ha pasado a mí», afirma Antonio Benítez.

El subdelegado del Gobierno, Hilario López Luna, declaró que es muy posible que unos días las investigaciones den como resultado la detención del autor o autores del incendio.
La Comisión Ejecutiva Provincial del PSOE aprobó ayer una resolución de condena al ataque de la casa particular del alcalde de Alfarnatejo. En el escrito, la Comisión hace pública su indignación por estos hechos y muestra su apoyo al regidor y a sus familiares.

sábado 26 de septiembre de 2009

ABOGADO 1 CANON DIGITAL 0


Un juzgado de Sevilla ha ordenado devolver el llamado canon digital a un abogado que demostró que usó los CD para copiar juicios, que son actos públicos, y por lo tanto no los utilizó para reproducir obras protegidas por derechos de propiedad intelectual.

Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla condena a un comerciante a devolver al abogado Joaquín Moeckel 1,12 euros, importe del "canon digital" de cuatro CD que, según demostró en el juicio, utilizó para reproducir otras tantas actividades judiciales. Según la sentencia, con ello "queda suficientemente acreditado que el destino o uso final" de los CD no fue la copia privada, que es el objetivo del canon digital que, tras ser abonado al comerciante, cobra la Sociedad General de Autores de España (SGAE).

Moeckel ha explicado que, aunque esta sentencia se refiere solo a su reclamación concreta, podría aplicarse a todos los profesionales de la Justicia como abogados o procuradores y a otras ramas como la Sanidad pública, que utilizan los CD para copiar documentos de su trabajo que tienen carácter público. El letrado, por ello, ha invitado "a la abogacía de toda España a que a partir de ahora no acceda al pago de un canon que encarece el coste de la Justicia" y que se movilice para modificar una legislación que "presume la ilegalidad de las actuaciones de los profesionales".

Ha informado de que, en su caso, cada uno de los CD le costó 0,45 euros y el canon digital fue de 0,28 euros por cada uno, la mitad del precio, lo que supone un total de 1,12 euros que el comerciante donde compró los soportes, situado en la calle Zaragoza de Sevilla, ya ha depositado en el juzgado.

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil recuerda que la Audiencia Provincial de Barcelona acordó en septiembre de 2008 elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por tener dudas sobre "la aplicación indiscriminada del referido canon a empresas y profesionales que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finalidades ajenas a la copia privada".

Cita también un veredicto de la Audiencia de Málaga según el cual aunque la ley "presume" la compra de los soportes citados para reproducir obras protegidas, el ciudadano tiene derecho a presentar pruebas en sentido contrario y demostrar que lo ha utilizado "para otro fin distinto a la causa de tributación".

En su demanda, Moeckel invocó una resolución de septiembre de 2003 de la Comisión Permanente de Justicia del Consejo de la Abogacía Española en la que acordó pedir al ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la supresión del canon digital en los CD usados para juicios orales, aunque hasta la fecha tal petición no ha tenido resultado.

A juicio del abogado, al igual que algunas familias han decidido acogerse a fórmulas como la suspensión de pagos, los ciudadanos podrían presentar demandas similares a la suya y demostrar que no compran los CD para copias obras protegidas sino para actos privados como puede ser almacenar sus fotos familiares.

domingo 20 de septiembre de 2009

ALTO A (LOS CHISTES DE) LA GUARDIA CIVIL


Un vecino de San Bartolomé ha sido condenado judicialmente, por un magistrado de Arrecife, a pagar 180 euros de multa por contar chistes y hacer comentarios lesivos sobre la Guardia Civil. La denuncia en su contra fue formulada por dos agentes que entraron de uniforme en el bar donde el afectado se encontraba en compañía de otras personas, que escucharon los comentarios.

Según el fallo al que ha tenido acceso este diario, el condenado hizo caso omiso a la petición de los agentes de evitar los comentarios hacia la Benemérita, en un día de la pasada Navidad. Además, avisaron de que se estaban sintiendo ofendidos; respondiendo el señalado que «esto es un país libre», añadiendo que tenía derecho a comentar «lo que diera la gana de la Guardia Civil, delante o detrás de la misma».

Debido al enfrentamiento, los agentes pidieron al sujeto que se identificara, negándose éste, siendo conducido al cuartel de la Benemérita de San Bartolomé. Según el fallo, «en el vehículo policial continuó con los comentarios ofensivos». En las dependencias finalmente mostró su documentación, tras ser advertido de que estaba cometiendo una presunta acción penal.

El fallo judicial, comunicado a las partes en la pasada primavera, finalmente no fue recurrido por el principal protagonista, quien abonó la cuantía impuesta por el juez. Éste entendió que el ciudadano había faltado al artículo 634 del Código Penal, sin tenerse en consideración que se encontraba bebido en el momento del encontronazo con los agentes; a pesar de que este condicionante figura impreso en el texto.

jueves 17 de septiembre de 2009

HIJO DE PUTA!!!!


Llamar "hijo de puta" al jefe no es motivo de despido, según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que ha revocado una sentencia anterior que consideraba el despido por esta razón procedente. Ahora la empresa deberá readmitir al empleado o indemnizarlo con 6.483 euros.

El 14 de enero de 2008, el gerente de la empresa y un trabajador discutieron sobre el abono de unas dietas y éste último dijo: "Este hombre está loco". Algo que confirmó durante el juicio la secretaria. Al día siguiente, volvieron a discutir y el trabajador llamó al gerente "hijo de puta".

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya asegura que la "degradación social del lenguaje ha provocado que las expresiones utilizadas por el ahora recurrente sean de uso corriente en determinados ambientes, especialmente en el marco de discusiones".

CICLISTAS ASESINOS


Un ciclista ha sido sancionado, por dos infracciones en carretera, con la retirada de ocho puntos del carné y la suspensión del permiso de conducir durante un mes "a pesar de que circulaba en bicicleta", según denuncia el despacho de abogados Deley, que critica que el "ánimo recaudatorio" de muchos consistorios explica que este colectivo sea víctima de la aplicación de medidas injustas, que corresponden a vehículos a motor.

En este sentido y ante la proliferación de casos similares, el bufete ha desarrollado una serie de puntos que deberán tener en cuenta los ciclistas en el caso de que sean sancionados por un procedimiento parecido, algo que, según asegura, "puede generalizarse ante las nuevas normativas que están acometiendo los Ayuntamientos frente a las infracciones ciclistas".

Así, recuerda que cuando los agentes informen de la penalización y entreguen la multa en el acto, independientemente de que se firme o no, empezará a contar el plazo para recurrirla, que sólo se extenderá durante 15 días. En el caso de que envíen la multa por correo, recomienda recogerla para poder iniciar el recurso pues, de no ser así, se publicará en el Boletín Oficial correspondiente y se considerará notificado "a todos los efectos".

Igualmente, advierte de que, en algunos casos, como en las denuncias del resto de viandantes ante una posible infracción de un ciclista, la presencia de testigos es "fundamental" porque podrán acreditar o desacreditar ante el órgano administrativo la correcta o incorrecta imposición de la multa. También las fotografías serán un elemento "a tener en cuenta".

Finalmente, señala que, a la hora de recurrir, limitarse a manifestar excusas o justificaciones "suele servir de poco e incluso, en ocasiones, puede implicar un reconocimiento de los hechos imputados". Por ello, aconseja incidir "tanto en los motivos de fondo (los hechos) como en los de procedimiento, buscando siempre argumentos que tengan un fundamento jurídico".

sábado 12 de septiembre de 2009

BELÉN ESTEBAN


El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, ha remitido un escrito a la Fiscalía de Menores en el que solicita que actúe de oficio en defensa de la protección de la hija de Belén Esteban al entender que su madre está vulnerando "de manera permanente" su derecho a la intimidad y a la propia imagen "al exhibir las circunstancias de la menor y su vida privada" en los platós de televisión, según informó este organismo.

De este modo, Canalda reclama al Ministerio Público que intervenga para que valore la exposición pública que se hace diariamente de Andrea Janeiro Esteban, conocida como Andreíta, en los medios de comunicación. "Es habitual que el Defensor del Menor actúe en defensa de los hijos de los famosos. Nosotros somos un órgano de supervisión, pero no podemos actuar", indicaron las mismas fuentes.

El Defensor del Menor pretende así que Belén Esteban deje de lucrarse a costa de su hija. Desde que se separó de Jesulín de Ubrique hace diez años, Esteban ha desfilado de plató en plató contando la vida privada de su hija.